EXPEDICIÓN DE VISA DE DEPENDENCIA
MÚLTIPLE

Las visas por dependencia son expedidas en razón de dependencia familiar de los usuarios, de los beneficiarios de visas diplomáticas, oficiales, cortesías, negocios con fines laborales (NM1) y de estudiante, sujeto al tipo de visa otorgada al familiar principal o al patrono de quien dependan.

Todos los ciudadanos extranjero que residan legalmente en la República Dominicana tienen derecho a solicitar visas por dependencia en las oficinas consulares de la República Dominicana. 

Para realizar una solicitud de visa debe de contactar a la Embajada o Consulado más cercano a su lugar de residencia o designada como jurisdicción.

TIEMPO DE RESPUESTA

De 15 días a 1 mes

PRECIO

Visa de Dependencia
$150 USD

REQUISITOS

IMPORTANTE

Es obligatorio traer todos los documentos descritos, de no estar completos no serán aceptados, NO COMPRAR EL BOLETO AÉREO NI PAGAR LA RESERVA DE HOTEL HASTA QUE LA VISA SEA APROBADA.

Formulario de Visa lleno y debidamente completado a máquina o en letra de molde legible. Disponible en la sede de las oficinas consulares o en el portal de servicios.

Carta de solicitud de Visa dirigida a la oficina consular por la persona de quien depende el beneficiario, quien deberá identificarse, presentar pruebas de que posee visa de Estudiante o de Negocios con Fines Laborales por un año NMl (en este último caso dicha comunicación deberá ser suscrita por el organismo del cual depende el beneficiario del visado NMl). Asimismo, deberá indicar si la persona a favor de quien se solicita la visa depende de él por lazos familiares o por relación de trabajo.

Una (1) fotografía tamaño 4 x 5 centímetros, de frente y con fondo blanco.

Pasaporte original con una vigencia mínima de Seis (06) meses.

Fotocopia legible de la Tarjeta de Residencia. (Si aplica).

Acta de Matrimonio y Acta de Nacimiento de los hijos, según la calidad de la persona que solicita la visa de dependencia, debidamente apostillados y traducidos.

Certificado de No Antecedentes Penales (No requerido para menores de edad) expedido (en fecha inferior a 12 meses de la solicitud) por la autoridad competente (autoridad federal en caso de Estados federados) de los países en los que haya residido en los últimos 5 años, debidamente legalizado o apostillado, según corresponda.

Certificación Médica de que el peticionario no posee enfermedades infectas contagiosas.

Por el garante en RD:

  • Carta de Garantía debidamente Notarizada y legalizada en la Procuraduría General de la República, este documento debe de ser presentado por el solicitante junto a los demás documentos el día de su entrevista en el consulado dominicano, es indispensable que esta carta de garantía contenga la siguiente clausula, para que pueda ser aceptada por nuestra Misión Diplomática o Consular.

CLAUSULA DE GARANTIA

“Garantizo que (nombre, nacionalidad y pasaporte), no permanecerá en la República Dominicana más tiempo que el concedido por la Dirección General de Migración, ni solicitará residencia o cambio de estatus migratorio desde el territorio dominicano, dedicándose exclusivamente a la actividad por la cual le fue otorgado el visado. “Me hago moral y económicamente responsable al retorno de su país de origen, asumiendo pagar a favor del Estado Dominicano cualquier gasto en que dicha persona pueda incurrir durante su estancia en el país, o que se origine como consecuencia de su repatriación o deportación del mismo”.

  • Documentos que acrediten solvencia económica (carta bancaria, carta de trabajo, títulos de propiedad, etc.), de la persona de que se depende. Si algún documento se expide en la República Dominicana, debe ser certificado por un notario público y legalizado por la Procuraduría General de la República.
  • Copia de la Visa o Tarjeta de Residencia dominicana y copia del pasaporte de la persona de la cual dependa el interesado.
  • Entrevista. El Ministerio de Relaciones Exteriores, se reserva el derecho de citar al garante, para agotar una entrevista con un funcionario de la dirección consular.

OBSERVACION DE INTERES:

  1. Haber completado todos los requisitos exigidos más arriba, NO SUPONE UNA APROBACIÓN DEL VISADO, sino que indica que el consulado puede aceptar su petición, evaluarla y enviar al Ministerio de Relaciones Exteriores, quien emitirá una decisión final.
  2. El funcionario consular no puede decidir si le otorgará o no la Visa de Dependencia (DPM) hasta que usted solicite formalmente y sea evaluada su solicitud por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Por lo tanto, le aconsejamos firmemente NO comprar boletos aéreos no reembolsables o realizar otros planes de viaje hasta que usted reciba su visa.
  3. Los beneficiarios de Visados de Dependencia (DPM) una vez en territorio dominicano, tienen un plazo de 30 días para presentarse ante la Dirección General de Migración (DGM) para formalizar los trámites de su residencia o permiso temporal, debiendo completar los requisitos adicionales que ésta exige según el Reglamento de aplicación de la ley General de Migración No. 285-04.
icono-turismo

TURISMO

icono-turismo-bl

TURISMO

icono-negocios

NEGOCIOS

icono-negocios-bl

NEGOCIOS

icono-residencia

RESIDENCIA

icono-residencia-bl

RESIDENCIA

icono-estudiante

ESTUDIANTE

icono-estudiante-bl

ESTUDIANTE

icono-dependencia-multiple

DEPENDENCIA MÚLTIPLE

icono-dependencia-multiple-bl

DEPENDENCIA MÚLTIPLE

icono-religioso

RELIGIOSA

icono-religioso-bl

RELIGIOSA

Síganos en nuestras redes sociales

CONSULADO GENERAL DE LA REPÚBLICA DOMINICANA EN COLOMBIA
Avenida 19 No. 118 – 95, Oficina 312, Bogotá, D.C. – Cundinamarca
Teléfono: (601) 300 3765 / 300 3766
Emergencia: 313 4392977 WhatsApp
consudombogota@mirex.gob.do

Copyright © 2022 Consulado General de la República Dominicana en Colombia

Scroll al inicio