EXPEDICIÓN DE VISA DE RESIDENCIA PARA
RELIGIOSOS

La Visa de Residencia para religiosos (RS), tiene una vigencia para su uso de 60 días y es válida para una sola entrada.

Una vez en territorio dominicano, el beneficiario de este visado deberá presentarse ante la Dirección General de Migración para formalizar los trámites de su residencia temporal, debiendo completar los requisitos adicionales que ésta exige, siendo este visado el primer requisito. (Sección VI, Articulo 48, Acápite (a) Decreto No. 631-11, Reglamento de aplicación de la ley General de Migración No. 285-04).

TIEMPO DE RESPUESTA

De 15 días a 1 mes

PRECIO

Visa de Residencia para religiosos (RS)
Exonerados de pago

REQUISITOS

IMPORTANTE

Es obligatorio traer todos los documentos descritos, de no estar completos no serán aceptados, NO COMPRAR EL BOLETO AÉREO NI PAGAR LA RESERVA DE HOTEL HASTA QUE LA VISA SEA APROBADA.

1.Carta de solicitud de visa a la firma del beneficiario dirigida a la oficina consular correspondiente, contentiva de nombre, nacionalidad, lugar de residencia y actividad productiva a la cual se dedica, así como información sobre cómo proyecta establecerse en el país (Religiosos con fines a desarrollar actividades propias de su culto en instituciones reconocidas en el país, cónyuge de dominicano, en calidad de Inversionista o rentista, pensionado o jubilado, o para laborar en el país bajo contrato de trabajo por tiempo indefinido), esta carta no se legaliza, ni se apostilla. 

2.Formulario de Visa lleno y debidamente completado a máquina o en letra de molde legible.  

3.Una (1) fotografía tamaño 3 x 4centímetros, de frente y con fondo blanco. 

4.Pasaporte original con una vigencia mínima de 18 meses y copia de hoja principal de los datos biográficos. 

5.Fotocopia legible del Documento Nacional de Identidad del país de nacionalidad y fotocopia legible de la Tarjeta de Residencia, si reside en un segundo país. 

6.Certificado Médico presentando un diagnóstico del estado general de salud del solicitante e indicando si el mismo padece de algún tipo de enfermedad infectocontagiosa. Deberá ser expedido por las autoridades de salud correspondientes del último país en el que estuvo domiciliado el interesado.  

7.Pasado Judicial Vigente descargado de la página de la Policía Nacional (No requerido para menores de edad) .expedido por la autoridad competente de los países en los que haya residido en los últimos 5 años, debidamente legalizado o apostillado, según corresponda. 

8.Acta de Nacimiento. Debe de estar debidamente legalizada o apostillada, según corresponda. Si está redactada en un idioma diferente al español, deberá ser traducida por un intérprete judicial, legalizada por el Consulado de la República Dominicana o apostillado, según corresponda. Debe depositarse el original y la traducción.

9.Acta de Matrimonio (si es casado ) debidamente legalizado y apostillado

Si una de las partes es Dominicano (a) y su matrimonio fue en el extranjero: – Acta de matrimonio transcrita ante el Registro Civil de la Junta Central Electoral (JCE). Ley No. 659-44 sobre actos del estado civil, art. 58 numeral 14. Para trascribir el acta, es necesario: (Si está redactada en un idioma diferente al español, deberá ser traducida por un intérprete judicial y legalizada por el Consulado de la República Dominicana o apostillado, según corresponda) el acta original y la traducción. Si ambas partes son extranjeros y su matrimonio fue en el exterior: – Acta de Matrimonio. Si está redactada en un idioma diferente al español, deberá ser traducida por un intérprete judicial y legalizada por el Consulado de la República Dominicana. Debe depositarse el original (este original debe de estar debidamente legalizado o apostillado, según corresponda) y la traducción.   

Religiosos:  

  • Certificación del Arzobispado y/o Episcopado de la congregación que lo invita. Responsabilizándose de los gastos de manutención y repatriación, respeto a las condiciones morales y económica del extranjero Dicha certificación deberá contener los datos generales del solicitante, tiempo que permanecerá en la República Dominicana y labor que desempeñará. No es necesario notarizarla u legalizarla ante la Procuraduría. 
  • certificación de la comunidad a que pertenece en territorio Colombiano.  
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